El Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre, ha producido una serie de cambios en la vigente Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre. Dichas modificaciones entraron en vigor el pasado 14 de enero de 2019. Uno de los cambios más sobresalientes es el que se refiere al concepto de marca. Se amplían los tipos de marcas que pueden protegerse, y que anteriormente no tenían cabida en España, igualándose de esta forma al sistema de marcas de la Unión Europea. Desde éste momento, se admite que la representación del signo pueda efectuarse por cualquier medio que permita determinar el objeto claro y preciso de la protección otorgada. Por tanto, las marcas que podrán registrarse a partir de ahora incluyen a los siguientes signos distintivos:
TIPOS DE MARCAS EXISTENTES
DENOMINATIVA: es la que está formada exclusivamente por palabras o letras, números en caracteres estándar, sin características gráficas, de disposición ni color.
EUROSIGNO
FIGURATIVA (antiguas mixtas y gráficas): es aquel signo formado por palabras, letras o números con caracteres, estilización o disposición no estándar con o sin elementos gráficos o de color o que estén exclusivamente formada por elementos gráficos.
TRIDIMENSIONAL: son aquellas marcas que consisten en una forma tridimensional.
SONORA: son aquellas marcas constituidas exclusivamente por un sonido o combinación de sonidos.
NUEVOS TIPOS DE MARCAS
DE POSICIÓN: son aquellos signos que consisten en la manera específica en que la marca se coloca o figura en el producto.
PATRÓN: son aquellos signos exclusivamente constituidos por un conjunto de elementos que se repiten periódicamente.
COLOR: son aquellas marcas compuestas exclusivamente por un solo color sin contornos o por una combinación de colores sin contornos.
MOVIMIENTO: son aquellas marcas compuestas de un movimiento o un cambio en la posición de los elementos de la marca.
MULTIMEDIA: son las marcas constituidas por la combinación de imagen y sonido.
HOLOGRAMA: son las marcas compuestas por elementos con características holográficas.
OTROS: aquellas marcas que no estén cubiertas por ninguno de los otros tipos de marcas.
Para cualquier aclaración o información relativa a la nueva Ley de Marcas, no dude en ponerse en contacto con Eurosigno. Estaremos encantados de poder ayudarles en cualquier tema relacionado con la protección de sus marcas no convencionales, además de las tradicionales marcas denominativas y figurativas.